Los titulares de patentes de alcoholes están sujetos al cumplimiento de diversas exigencias, entre las cuales se cuentan las señaladas en el Decreto Nº 2.385 Ministerio del Interior; que fija texto refundido y sistematizado del Decreto Ley 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales y Artículo N°145, de la Ley General de Urbanismo y Construcción, y Ley 19.925, sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas.








