Modificación de edificaciones existentes que no alteran su estructura, con excepción de las señaladas en el artículo 5.1.2. de esta Ordenanza, y las ampliaciones que se ejecuten por una sola vez o en forma sucesiva en el tiempo, hasta alcanzar un máximo de 100 m2 de superficie ampliada.

Personas y empresas que tengan propiedades en la comuna y que cuenten con Recepción Final.

  • Debe contar con el patrocinio de un Profesional Arquitecto.
  1. Solicitud firmada por el propietario y el arquitecto autor del proyecto. 
  2. Fotocopia de la patente al día del arquitecto.
  3. Declaración simple del propietario manifestando ser titular de dominio del predio. 
  4. Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas.
  5. Certificado de Ingreso IMIV del SEIM.
  6. Certificado de Avalúo Fiscal Detallado.
  7. Declaración simple del arquitecto autor del proyecto, en que señale que la obra menor cumple con las todas las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y de esta Ordenanza, cuando corresponda. 
  8. Croquis de emplazamiento, a escala, en que se grafique la edificación existente y la obra menor, con indicación de sus distancias hacia los deslindes respectivos, incluyendo los puntos de aplicación de rasantes.
  9. Plano a escala 1: 50, en que se grafique planta general y elevaciones con las cotas mínimas indispensables, que permitan definir los aspectos formales, dimensionales y funcionales de la obra menor con individualización de los recintos y cuadro de superficies. 
  10. Especificaciones técnicas resumidas, señalando las partidas más relevantes de la obra.

Durante todo el año y de forma presencial.

Servicio Responsable:

Departamento de Edificación.
Dirección de Obras Municipales (DOM).

Lugar de recepción:
  • Alameda # 3920, 2° Piso. Oficina de partes DOM.
  • Lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas.
  • 22 677 3533
  • El valor de los derechos a cancelar corresponden al 1.0% del presupuesto.