Vivienda cuyos recintos habitables incluidos baño y cocina. Que no excedan de 90 m2, con avalúo fiscal no superior a 1.000 UF.

Personas y empresas que tengan propiedades en la comuna y se encuentren sin regularizar parte de la propiedad, siempre que está construcción fuese de antes de 04.02.2016.

  • Debe contar con el patrocinio de un Profesional Arquitecto, Constructor o Ingeniero.
  1. Listado de documentos y planos numerados.
  2. Certificado de avalúo fiscal simple, otorgado por el Servicio de Impuestos Internos, vigente a la fecha de la publicación de la Ley 20.898.
  3. Formulario Único de Estadísticas de Edificación. (INE)
  4. Fotocopia Patente Profesional que suscribe.
  5. Fotocopia cedula identidad propietario mayor 65 años, si procede.
  6. Fotocopia de inscripción en el registro Nacional de Discapacidad, si procede.
  7. Acuerdo asamblea copropietarios en conformidad a lo dispuesto en Ley 19.537, si procede.
  8. Antecedentes anexos a informe del profesional competente que permiten corroborar que la vivienda existía antes del 04.02.2016, como por ejemplo: planos aprobados, cuentas de servicios, certificados de contribuciones de bienes raíces, catastro municipal, etc.
  9. Especificaciones Técnicas resumidas suscritas por un arquitecto o profesional competente.
  10. Croquis de ubicación y un plano de emplazamiento a escala 1:500 suscrito por un arquitecto o profesional competente.
  11. Planos escala 1:50 que grafiquen todas las plantas, la elevación principal y un corte representativo, señalando las medidas y superficie de la vivienda existente, y un cuadro de superficie total construida y superficie de terreno, suscritos por un arquitecto o profesional competente.
  12. Informe del arquitecto o de un profesional competente que certifique que la vivienda cumple con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores señaladas en el numeral 6 del artículo 1° de la Ley 20.898, y que no se emplaza en los terrenos a que se refiere al numeral 2 del mismo artículo (áreas de riesgo o protección, declarados de utilidad pública o bienes nacionales de uso público).
  13. Proyecto de Cálculo Estructural, si procede.

Durante todo el año y de forma presencial.

Servicio Responsable:

Departamento de Edificación.
Dirección de Obras Municipales (DOM).

Lugar de recepción:
  • Alameda # 3920, 2° Piso. Oficina de partes DOM.
  • Lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas.
  • 23 321 3661

    • Presupuesto calculado con Tabla de Costos Unitarios MINVU- 1,5% Art. 130 LGUC.
    • Rebaja de un 75% si la vivienda es de hasta 400 UF.
    • Rebaja de un 50% si vivienda es de más de 400 UF hasta 1.000 UF.