Vivienda cuyos recintos habitables incluidos baño y cocina. Que no excedan de 90 m2, con avalúo fiscal no superior a 1.000 UF.
Personas y empresas que tengan propiedades en la comuna y se encuentren sin regularizar parte de la propiedad, siempre que está construcción fuese de antes de 04.02.2016.
- Debe contar con el patrocinio de un Profesional Arquitecto, Constructor o Ingeniero.
- Listado de documentos y planos numerados.
- Certificado de avalúo fiscal simple, otorgado por el Servicio de Impuestos Internos, vigente a la fecha de la publicación de la Ley 20.898.
- Formulario Único de Estadísticas de Edificación. (INE)
- Fotocopia Patente Profesional que suscribe.
- Fotocopia cedula identidad propietario mayor 65 años, si procede.
- Fotocopia de inscripción en el registro Nacional de Discapacidad, si procede.
- Acuerdo asamblea copropietarios en conformidad a lo dispuesto en Ley 19.537, si procede.
- Antecedentes anexos a informe del profesional competente que permiten corroborar que la vivienda existía antes del 04.02.2016, como por ejemplo: planos aprobados, cuentas de servicios, certificados de contribuciones de bienes raíces, catastro municipal, etc.
- Especificaciones Técnicas resumidas suscritas por un arquitecto o profesional competente.
- Croquis de ubicación y un plano de emplazamiento a escala 1:500 suscrito por un arquitecto o profesional competente.
- Planos escala 1:50 que grafiquen todas las plantas, la elevación principal y un corte representativo, señalando las medidas y superficie de la vivienda existente, y un cuadro de superficie total construida y superficie de terreno, suscritos por un arquitecto o profesional competente.
- Informe del arquitecto o de un profesional competente que certifique que la vivienda cumple con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores señaladas en el numeral 6 del artículo 1° de la Ley 20.898, y que no se emplaza en los terrenos a que se refiere al numeral 2 del mismo artículo (áreas de riesgo o protección, declarados de utilidad pública o bienes nacionales de uso público).
- Proyecto de Cálculo Estructural, si procede.
Durante todo el año y de forma presencial.

Servicio Responsable:
Departamento de Edificación.
Dirección de Obras Municipales (DOM).
Lugar de recepción:
- Alameda # 3920, 2° Piso. Oficina de partes DOM.
- Lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas.
23 321 3661
- Presupuesto calculado con Tabla de Costos Unitarios MINVU- 1,5% Art. 130 LGUC.
- Rebaja de un 75% si la vivienda es de hasta 400 UF.
- Rebaja de un 50% si vivienda es de más de 400 UF hasta 1.000 UF.








