La Dirección de Control tendrá las siguientes funciones generales:

  1. Realizar la auditoría operativa interna de la Municipalidad con el objeto de fiscalizar la legalidad y eficiencia de su actuación.
  2. Controlar la ejecución financiera y presupuestaria del municipio y de los servicios traspasados, y presentar al Concejo el déficit que advierta en el presupuesto municipal y en el de los servicios traspasados, a lo menos trimestralmente.
  3. Representar al Alcalde los actos municipales cuando los estime ilegales, informando de ello al Concejo, para cuyo objetivo tendrá acceso a toda la documentación disponible.
  4. Colaborar directamente con el Concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras. Para estos efectos, emitirá un informe trimestral acerca del estado de avance del ejercicio programático presupuestario. En todo caso, deberá dar respuesta por escrito a las consultas o peticiones de informes que formule un concejal.
  5. Asesorar al Concejo en las definiciones y evaluaciones de la auditoria externa que aquel pueda recurrir en virtud de este Reglamento y de la ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades.
  6. Fiscalizar a las Corporaciones, Fundaciones y Asociaciones Municipales, respecto del uso y destino de sus recursos, pudiendo disponer de toda la información que requiera para tal efecto.
  7. Atender los requerimientos que le formulen la Contraloría General de la República, de la que depende técnicamente.
  8. Efectuar controles permanentes y sistemáticos a las unidades operativas, administrativas y a los servicios traspasados.
  9. Realizar comprobaciones de inventarios físicos en forma regular y permanente, elaborando el programa correspondiente en forma anual e informar al Alcalde de su resultado.
  10. Efectuar verificaciones sobre bienes municipales, y proporcionar los mecanismos de control que aseguren su existencia y conservación.
  11. Realizar constataciones sobre la correcta imputación en las distintas instancias que contempla el sistema de Contabilidad Gubernamental y proponer la o las imputaciones correctas.
  12. Realizar exámenes a las operaciones económicas y financieras procediendo a representar situaciones que no se enmarquen en el ámbito de la legalidad vigente, y otros que disponga el Alcalde.
  13. Exigir, Revisar y Resguardar las rendiciones de cuenta de los fondos a rendir, giros globales, de las subvenciones entregadas en dinero y en general de todos los recursos líquidos de la municipalidad entregados a rendir cuenta documentada, entregando su conformidad o reparo, respondiendo de su legalidad.
  14. Para efectos de la función financiera, deberá informar al Director de Administración y Finanzas sobre el estado de las rendiciones a que se refiere la letra “m” precedente, remitiéndole informe sobre las rendiciones una vez aprobadas, para que se adjunten al Decreto de pago respectivo.
  15. Dar  cumplimiento al principio de la transparencia en la función pública en la forma establecida en la Ley Nº 20.285 y sus modificaciones, su Reglamento y los Instructivos del Consejo para la Transparencia.
  • Directora(s): Carolina Leyton Esquivel
  • Dirección: Alameda 3920, 2° piso.
  • Teléfono: 23 321 3689
  • Horario de atención:
    Lunes a Viernes de 09:00 a 14:00 horas.
  • Mail: carolinaleyton@ecentral.cl