Permiso para ampliaciones de viviendas sociales, viviendas progresivas e infraestructuras sanitarias, cumplan con las disposiciones contempladas en el artículo 6.1.11. de esta Ordenanza.

Personas que tengan propiedades en la comuna.

  • Debe contar con el patrocinio de un Profesional Arquitecto.
  1. Solicitud firmada por el propietario y el arquitecto autor del proyecto y declaración simple del propietario manifestando ser titular del dominio del predio, ambos aspectos contenidos en el Formulario Único Nacional respectivo. 
  2. Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas. 
  3. Informe del arquitecto que suscribe el proyecto, que certifique la forma en que la ampliación cumple con las normas señaladas en este numeral, según corresponda. 
  4. Croquis de emplazamiento, a escala, en que se grafique la edificación existente y la ampliación. 
  5. Plano a escala 1:50, en que se grafique planta general y elevaciones con las cotas mínimas indispensables, que permitan definir los aspectos formales, dimensionales y funcionales de la obra menor con individualización de los recintos y cuadro de superficies. 
  6. 6. Especificaciones técnicas resumidas, señalando las partidas más relevantes de la obra.

Durante todo el año y de forma presencial.

Servicio Responsable:

Departamento de Edificación.
Dirección de Obras Municipales (DOM).

Lugar de recepción:
  • Alameda # 3920, 2° Piso. Oficina de partes DOM.
  • Lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas.
  • 23 321 3661

  • Los derechos municipales contemplados en el número 2 del artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, rebajados, a lo menos, en un 50%, con el sólo mérito de la presentación.