Vivienda cuyos recintos habitables incluidos baño y cocina. Que no excedan de 140 m2, con avalúo fiscal no superior a 2.000 UF.

Personas y empresas que tengan propiedades en la comuna y se encuentren sin regularizar parte de la propiedad, siempre que está construcción fuese de antes de 04.02.2016.

  • Debe contar con el patrocinio de un Profesional Arquitecto, Constructor o Ingeniero.
  1. Listado de documentos y planos numerados.
  2. Certificado de avalúo fiscal simple, otorgado por el Servicio de Impuestos Internos, vigente a la fecha de la publicación de la Ley 20.898.
  3. Certificado de avalúo fiscal detallado, otorgado por el Servicio de Impuestos Internos, vigente a la fecha de la publicación de la Ley 20.898.
  4. Formulario Único de Estadísticas de Edificación. (INE)
  5. Fotocopia Patente Profesional que suscribe.
  6. Antecedentes anexos a informe del profesional competente que permiten corroborar que la vivienda existía antes del 04.02.2016, como por ejemplo: planos aprobados, cuentas de servicios, certificados de contribuciones de bienes raíces, catastro municipal, etc.
  7. Acuerdo asamblea copropietarios en conformidad a lo dispuesto en Ley 19.537, si procede.
  8. Especificaciones Técnicas resumidas suscritas por un arquitecto o profesional competente.
  9. Croquis de ubicación y un plano de emplazamiento a escala 1:500 suscrito por un arquitecto o profesional competente.
  10. Planos escala 1:50 que grafiquen todas las plantas, la elevación principal y un corte representativo, señalando las medidas y superficie de la vivienda existente, y un cuadro de superficie total construida y superficie de terreno, suscritos por un arquitecto o profesional competente.
  11. Informe del arquitecto o de un profesional competente que certifique que la vivienda cumple con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores señaladas en el numeral 6 del artículo 1° de la Ley 20.898, y que no se emplaza en los terrenos a que se refiere al numeral 2 del mismo artículo (áreas de riesgo o protección, declarados de utilidad pública o bienes nacionales de uso público).
  12. Proyecto de Cálculo Estructural, si procede.

Durante todo el año y de forma presencial.

Servicio Responsable:

Departamento de Edificación.
Dirección de Obras Municipales (DOM).

Lugar de recepción:
  • Alameda # 3920, 2° Piso. Oficina de partes DOM.
  • Lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas.
  • 23 321 3661

  • Presupuesto calculado con Tabla de Costos Unitarios MINVU- 1,5% Art. 130 LGUC.